La gran mayoría de las compañías de seguros excluye en sus pólizas este tipo de accidentes pero nosotros entendemos que usted quiere seguir recibiendo la mejor atención también cuando ha sufrido un accidente de este tipo.
Nuestra cobertura incluye la asistencia sanitaria que precisen los asegurados, como consecuencia de accidentes de tráfico, accidentes de trabajo o enfermedad profesional, considerando como tales las así reconocidas por las autoridades administrativas competentes. En general no tiene periodos de carencia ni preexistencias y la cobertura se extiende a todo el territorio nacional.
Los gastos médicos que ocasione un accidente de tráfico ¿Quién los paga? Debemos recordar que en todos los casos expuestos a continuación, el asegurado que tenga un seguro médico privado con nosotros podrá optar siempre a ser atendido en los centros de su cuadro médico.
- Si el accidente de tráfico se produce en horario laboral del lesionado, o yendo o volviendo del trabajo (dentro del margen de una hora antes de empezar la jornada laboral o una después de finalizar ésta, gastos médicos en accidente de tráfico en general los asume la mutua de accidentes laborales.
- Si el lesionado es peatón, los gastos médicos en accidente de tráfico los abonará la aseguradora del vehículo que le haya atropellado.
- La Seguridad Social en principio no cubre este tipo de gastos. Para el caso de un conductor sin seguro que tiene la culpa de un accidente en el que resulta lesionado, si se le presta asistencia sanitaria por medio de la Seguridad Social, muy probablemente le acabe reclamando la factura sanitaria de los gastos asistenciales y de rehabilitación