Seguros de salud deducibles en 2016

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Según parece el próximo año las primas pagadas por los seguros de salud serán consideradas gastos deducibles en el IRPF

Las enmiendas incorporadas  apuntan que a partir del 1 de enero de 2016 con vigencia indefinida, las primas de seguro de enfermedad satisfechas por el contribuyente en la parte correspondiente a su cobertura y a la de su cónyuge e hijos de menos de 25 años tendrán la consideración de gastos deducibles en el IRPF.

Para poder obtener la deducción de este gasto será imprescindible cumplir dos requisitos:

  • El primero, que la cobertura de enfermedad alcance al propio trabajador, pudiendo también beneficiarse su cónyuge y los descendientes.
  • La segunda, no deberán exceder los 500 euros anuales por cada una de estas personas del ámbito familiar o los 1.500 euros por cada una de ellas con discapacidad. El exceso sobre dicha cuantía constituirá retribución en especie.

Aprovechamos este post para recordar las ventajas de contratar un seguro de salud privado, incluso en tiempos de crisis

  • Rapidez para acceder a pruebas y consultas con especialistas, es la ventaja fundamental, sin duda alguna.
  •  Al contratar un seguro de salud contarás con centros y hospitales de primera calidad y tendrás total libertad de para elegir un centro o especialista de tu cuadro médico.
  • Además existen seguros de salud con reembolso de gastos con los que podrás acudir al especialista que desees en cualquier parte del mundo.
  • En los casos que el asegurado tenga incluida la hospitalización dentro de su póliza, contará con una habitación individual en el caso de ser hospitalizado, razón de peso para la mayoría de las personas que deciden contratar un seguro .x

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