Indemnización por no recibir la atención médica debida

Según se denuncia por los familiares la muerte del paciente de 82 años se debió a la precaria atención médica que recibió. Y aunque afortunadamente en la mayoría de los casos da igual la edad del paciente, en este caso al parecer no fue así, y de hecho el fallecimiento ya que no se prestó la asistencia sanitaria con la rapidez y urgencia que en ese momento era preceptiva.

«Según el periódico murciano La Verdad, W.R. BERKLEY INSURANCE EUROPE deberá abonar una indemnización de 63.500 euros a la viuda e hijos de un paciente que fue operado en el hospital Santa María del Rosell, porque no recibió la atención debida y con la diligencia precisa. Así lo dispone una sentencia dictada por un Juzgado de Primera Instancia de Madrid que ha dado la razón a la familia del hombre fallecido.

Dicha sentencia indica que la muerte del paciente, de 82 años cuando ocurrieron los hechos, en 2011, se halla relacionada con una «deficiente atención médica». En concreto, apunta que “se le realizó una colangio pancreatografía retrógrada endoscópica [prueba para examinar las vías biliares] que, además de no constar quién la mandó, era, a juicio del perito, innecesaria”. La prueba ocasionó una perforación que hizo necesaria una intervención quirúrgica urgente y, tras ella, sufrió una peritonitis, que le causó el fallecimiento, debido a un shock séptico.

Para el juez “la asistencia médica dada al paciente no fue la adecuada, ya que, de acuerdo a la lex artis, ésta obliga no solo a que sea técnicamente correcta y a que la atención que se dispensa a los enfermos sea la que indica y aconseja el estado de los mismos, sino que se debe prestar con rapidez y urgencia”

Fuente:www.laverdad.es