Lo que debo de saber antes de contratar un seguro de salud

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En los últimos años, las listas de espera y los problemas de la sanidad pública han incrementado el número de personas que piensan en contratar un seguro de salud privado. Sin embargo, antes de firmar una póliza conviene prestar atención a aspectos como los periodos de carencia, los límites y las exclusiones para evitar problemas futuros con la aseguradora.

¿Qué tengo que saber antes de contratar un seguro de salud?

¿Qué ocurre con las enfermedades que existían antes de firmar la póliza?

¿Me pueden subir la prima sin previo aviso?

La longitud de los condicionados de los seguros médicos y el lenguaje técnico con el que están escritos hacen que los usuarios no dediquen el tiempo suficiente a leerlos con detalle cuando se disponen a contratar un seguro de salud. De hecho, el principal motivo de quejas sobre el seguro de salud son las diferencias con la aseguradora sobre la aplicación e interpretación de la póliza, según datos de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP).

Aunque los contratos están regulados por ley, desde la Asociación Española de Corredurías de Seguros (ADECOSE) recuerdan que, como toda norma jurídica, está sujeta a distintas interpretaciones, tanto por parte de las compañías como de los usuarios, unas diferencias de criterio que dan origen a gran parte de las 10.000 quejas que llegan cada año a la DGSFP.

 

¿Qué tengo que saber antes de contratar un seguro de salud?

Antes de firmar la póliza conviene que prestes atención a determinados aspectos, como los periodos de carencia que impone la aseguradora, la cobertura geográfica de la póliza, los límites con los que trabaja la compañía o las exclusiones, es decir, los supuestos que no cubre el seguro médico.

Además, antes de contratar un seguro médico, debes asegurarte de que la compañía elegida incluye los servicios o especialidades que te interesan y que dispone de un cuadro de profesionales y centros concertados suficientemente amplios como para satisfacer tus necesidades presentes o futuras.

 

Periodo de carencia

Uno de los aspectos más importantes que se deben tener en cuenta a la hora de contratar un seguro de salud son los periodos de carencia, es decir, el tiempo que transcurre desde que firmas la póliza hasta el momento en el que puedes empezar a usar algunos servicios o especialidades.

Por ejemplo, un periodo de carencia muy prolongado para los partos (por norma general, de ocho meses como mínimo) podrá perjudicar a una mujer que se quedara embarazada poco después de contratar el seguro, ya que no tendría derecho inmediato a hacerse ecografías, amniocentesis y otras pruebas diagnósticas.

 

Cobertura geográfica

También con el fin de evitar sorpresas, es necesario comprobar el límite de la cobertura geográfica de la póliza, es decir, si estás cubiertos fuera de tu comunidad autónoma e incluso fuera de España, algo que resulta interesante si sueles viajar. Por norma general, la mayoría de aseguradoras ofrecen cobertura nacional.

 

Límites de edad

Los límites de edad también son importantes a la hora de contratar un seguro de salud, ya que las aseguradoras incrementan notablemente el precio de la póliza después de los 65 o 70 años, al considerar que el riesgo de enfermedad es mayor.

Por eso, antes de firmar tu póliza tienes que comprobar cómo se comportará la compañía según vayas cumpliendo años o si utilizas sus servicios a menudo. Si te preocupa la prima, puedes consultar nuestro ranking de los seguros de salud más baratos del mes.

 

Exclusiones

Entre las principales exclusiones, es decir, aquellos supuestos que las aseguradoras no cubrirán en ningún caso, destacan las siguientes:

Los daños físicos que sean consecuencia de guerras, motines, revoluciones y terrorismo, o por epidemias oficialmente declaradas, reacción o radiación nuclear, o fenómenos de la naturaleza (inundación, terremoto, erupción volcánica, tempestad ciclónica atípica, caída de cuerpos siderales y aerolitos). Estos daños los asumirá el Consorcio de Compensación de Seguros.

Los fármacos y medicamentos, salvo los que se administren durante un ingreso hospitalario.

La asistencia sanitaria como consecuencia del alcoholismo o la adición a las drogas.

Los daños y lesiones derivados de la participación en hechos delictivos, intento de suicidio o autolesiones.

Los daños y lesiones que se produzcan como consecuencia de la práctica de actividades de riesgo.

La asistencia sanitaria de toda clase de enfermedades o lesiones congénitas o que ya existieran en el momento de contratación de la póliza.

El diagnóstico, tratamiento e intervenciones quirúrgicas realizadas con fines estéticos o cosméticos, trasplantes de órganos y asistencia sanitaria del virus VIH (sida).

La cirugía de la miopía, hipermetropía, astigmatismo y cualquier otra patología refractiva ocular y la rehabilitación y tratamientos de fisioterapia cuando se haya conseguido la recuperación funcional.

 

¿Qué ocurre con las enfermedades que existían antes de firmar la póliza?

Antes de contratar un seguro médico, el futuro asegurado debe rellenar un cuestionario sobre aspectos relacionados con su salud. Si la compañía comprueba que la información no es veraz y se ha ocultado una patología o lesión anterior, la aseguradora puede negarse a ofrecer la cobertura sanitaria.

 

¿Me pueden subir la prima sin previo aviso?

La aseguradora tiene la obligación de comunicar los cambios por escrito, como la inclusión de nuevas coberturas o una subida de la prima. Sin embargo, en ocasiones ese aviso no llega dentro del plazo mínimo exigido para anular una póliza, con lo que conviene estar atento y analizar las distintas ofertas del mercado antes de renovar el seguro de salud de forma automática.

Tampoco pueden aplicarse estos cambios sin el consentimiento y la firma del asegurado, por lo que si se diera el caso, puedes exigir a la compañía que mantenga la prima del año anterior.

 

Fuente:  www.kelisto.es

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